Desaguisado en Etzergane: Busturia y sus contratos y obligaciones adquiridas del pasado


Vista de Etxergane y de Motrollu (rayado amarillo ZEPA)
  --> auzoarteko
ACTUALIZADO EL 26  DE OCTUBRE 2012

En el Pleno celebrado el pasado martes día 25 se debatió una propuesta de la alcaldía sobre “Expte. modificación de crédito 2/2012”, cuyo fin es cumplir la sentencia n.º 205/2012 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Bilbao, por que se ha estimado el recurso interpuesto por D. Guillermo Barandiaran Alday (viudo de Dña Mª Victoria Gondra Oraa) por “des-estimación presunta” de la solicitud presentada ante el Ayuntamiento de Busturia el 19 de noviembre de 2010 que este reclamo por el incumplimiento de los compromisos adquiridos por el Municipio de Busturia en el convenio urbanístico suscrito por ambas partes sobre Madariaga Dorretxea, sus edificios anexos y su parcela de casi 59.000 m2 con el fin de convertirlo en centro de interpretación de la Reserva de la Biósfera de Urdaibai.  

En resumen el convenio urbanístico que se firmo en año 1999 tenia los siguientes partes o acuerdos:
  1. El Sr. Barandiaran Alday cedía o “vendía” al Ayuntamiento las siguientes parcelas y edificaciones:
  • UNO: La torre y su parcela valoradas en 130.000.000 pts (2.000 pts/m2)
  • DOS: La parcela de 3400 m2 del antiguo “ferial” de Aingerubide, y el propio solar sobre el que se asienta Escuela de Niños construida por D. Manuel Maria Arrotegi Amunategi. Valorados en 12.000.000 Pts. (3000 Pts/m2)
  1. El Ayuntamiento se comprometía a “pagar en especie” mediante el cambio del planeamiento urbanístico de Busturia para los siguientes fines edificatorios:
  • UNO: Se cambiaba la ficha urbanística (articulo 245.1 NSPU) de Aingerubide de las 8 viviendas reconocidas a 29 con el fin de posibilitar la construcción 4 Bloques de viviendas libres, con la condición de derribar el edificio antiguo de la misma denominación. Según el Arquitecto Municipal estos derechos estaban valorados en 134.000.000 Pts en el mercado inmobiliario de entonces.
  • DOS: Que en el futuro, cuando el ayuntamiento revisará el planeamiento municipal, este se comprometía a re-estudiar la unidad de “Motrollu-Azpi” o de Etxergane en la que a la fecha de hoy se pueden construir 6 chales Bi-familiares o dobles a unos bloques similares a los de Aingerubide, es decir la UED pasaría de 12 a 36 unidades de vivienda, de los la mitad le corresponderían al Sr. Barandiaran Alday. Esta condición se debía cumplir en todo caso, aunque no se hubiera aprobado la reforma del Plan Urbanístico Local, antes de terminar el 2009. De materializarse estos derechos edificatorios estarían Valorados en el actual mercado inmobiliario a la baja en 600.000 €.
Esa segunda condición, impuesta a ultima hora y a modo de “trágala” por parte del propietario, ya fue criticada por los dos ediles de HERRI BATASUNA por considerarla desproporcionada monetariamente al doblar las valoraciones iniciales, y propuso, que en todo caso las 18 nuevas viviendas deberían ser destinadas a VPO. Aun así, se aprobó el Convenio Urbanístico por unanimidad, con la condición aceptada por todos de que la solución planteada por HB era la correcta para los intereses del vecindario.

Con fecha de 19 de Octubre, hemos recibido la documentación escrita del Expediente Administrativo, y lo estamos analizando y procederemos a publicar alguno de sus contenidos en la pagina web en breve. Ahora toca corregir o añadir  los datos siguientes:

1.- Que existen dos convenios sobre el tema de la adquisición de Madariaga Dorretxea por parte del Ayuntamiento. Uno negociado en la primavera y firmado en Octubre de 2000 por Dª Begoña Alegría y otro, titulado "ampliación" firmado en marzo del 2007 por D. Javier Gondra que prorroga el cumplimiento del mismo a 31 de diciembre de 2009.

2.- Que el Sr. Guillermo Barandiaran Alday tiene cedidos los derechos urbanísticos y de propiedad a la IMMOBILIRIA "AINGERUBIDE SL" cuyo administrador es D. José M.ª Arbe Villanueva, y ha sido esta la que ha actuado ante los tribunales reclamando el dinero de la indemnización por incumplimiento del convenio urbanistico.

3.- Que inicialmente el PNV aprobó en el invierno de 2007, encargar la redacción de una modificación puntual de las Normas Urbanísticas Locales al Arquitecto Municipal. Por motivos desconocidos este no se materializa , ni en aquella (Alcalde Gondra), ni en la siguiente legislatura (Alcaldes Lartitegui y Elorrieta).

4.- Lo que si ejecuta el Ayuntamiento durante el mandato de D. Javier Gondra es su inclusión en el avance del PGOU entonces en redacción (versión 2007), que no es en ningún caso lo pactado en el nuevo convenio que obligaba a una modificación puntual del Planeamiento. Así se prevé una unidad "Motrollu-Azpi" con 5 bloques y un total de 45 unidades de vivienda de los que el 50% deberia ser de Protección Pública (Mitad tasada, mitad VPO).
Plano del  1er avance del PGOU de Busturia (primavera 2007)

Aun, no hemos tenido tiempo de analizar la sentencia de la Sala Segunda del TSJ de Bilbao, ni tampoco accedido a las alegaciones planteadas por el Ayuntamiento de Busturia en el proceso judicial, ya que no aparecen en acta municipal alguna de esa época, y tampoco sabemos el porque de los motivos del ayuntamiento a la hora de incumplir con los “contratos y obligaciones adquiridas en el pasado” ya que los mismos han sido ocultados a la ciudadanía de Busturia.

Lo único que conocemos es los posicionamientos antagónicos que se plantearon en el Pleno, y los pasquines que han sido colocados en los tablones de anuncios, mientras que ambos paridos politicos siguen empeñados en mantenernos a la ciudadana en la ignorancia de los datos, y fuera de los órganos de debate del ayuntamiento.

El PNV se posiciono a favor del cumplimiento estricto del convenio “que nos a supuesto la adquisición para el pueblo de las 6 Has mas bonitas de la comarca” y luego critico “a la Izquierda Abertzale (sic) por la toma de las decisiones erróneas que suponen caer en un endeudamiento inaceptable en estos momentos” para luego señalar que tal convenio urbanístico “fue aprobado por unanimidad y por ello, también por la entonces Izquierda Abertzale, se llamara como se llamara”.

La alcaldía respondió “que lo que pretendía la propiedad, a través del convenio, era la especulación urbanística” y que desde un punto de vista de un urbanismo sostenible el mantenimiento de un modelo de chales en la zona con mas calidad paisajística de Busturia no se podía aceptar, por lo que en el Avance del PGOU (Plan General de Ordenación Urbana) se ha optado por suprimir la UED Urbana Motrollu-Azpi, calificándolo de Suelo No Urbanizable “Agrícola A3”, para posteriormente corregir al portavoz del PNV de “que ella es alcaldesa de la coalición BILDU y no de la Izquierda Abertzale”, y “que el ejercicio del gobierno exige tomar decisiones y aceptar responsabilidades” y que ella hacia suyas alguno de los posicionamientos de los alcaldes anteriores en este asunto.

Asimismo, una vez mas, hubo un “rifirrafe” sobre el sueldo de la Alcaldesa, y las propuestas Jelkides de compra montes públicos con esa cantidad, y la respuesta de la primera edil, sobre las necesidades de dedicación plena a los asuntos diarios que tiene el Ayuntamiento o sobre los sueldos o dietas que han cobrado los alcaldes que han pasado por el cargo. Luego de un corto pero jugoso debate el portavoz del PNV pidió la dimisión de la Alcaldesa por hacer suyos los errores del alcalde de la Izquierda Abertzale de la pasada legislatura.

Pero a pesar de las graves acusaciones vertidas en el Pleno por la oposición del PNV, ninguno de los intervinientes pidió explicaciones, ni exigió responsabilidades personales a autoridades responsables y funcionarios afectadas por sus afirmaciones de mala gestión y usurpación de funciones del pleno vertidas. El PNV se limitó a involucrar a BILDU de un tema que ellos saben corresponde a la pasada legislatura, con unos fines de mera rentabilidad electoral.

En concreto, al entonces Concejal de Urbanismo y Alcalde Sr. Andoni Elorrieta le caen de lleno graves acusaciones y en su caso responsabilidades legales. En todo caso nos deberían informar a los vecinos de Busturia de ¿cómo es posible tomar la decisión de rescindir unilateralmente un convenio urbanístico suscrito por el Pleno?. Tampoco el PNV solicitó Informe Juridico alguno, ni nos consta Advertencia de Ilegalidad por escrito del Secretario-Interventor municipal del Ayuntamiento avisando de las consecuencias financieras de tal decisión, como es preceptivo legalmente, que ilustrara a los ediles sobre la legalidad del incumplimiento del convenio.

Esta claro que, una vez mas, se ha abusado del "Silencio Administrativo negativo" con las consecuencias de esta sentencia por desestimación presunta” Esta linea de actuación es una ilegalidad administrativa y una constante de su proceder municipal en Busturia de los tres últimos Alcaldes de Busturia, que han hecho uso y abuso de este sistema anti-democrático cuando no han querido tramitar los temas sobre las que no querían posicionarse. Ahora han tropezado con un ciudadano que tiene los medios económicos para recurrir a los tribunales y que ha conseguido que estos le den la razón legal, aunque esta no sea ética o moral.

Es también ilustrativo que el actual Equipo de Gobierno en el Pleno Municipal del pasado mes de Julio rechazó las alegaciones del Sr. Barandiaran Alday que manifestaba “su disconformidad con la clasificación otorgada (suelo no urbanizable) a los terrenos de su propiedad situados en la zona de Motroiu-Azpi por considerar que: Altera la actual clasificación del ámbito y las posibilidades edificatorias del mismo e Incumple el Convenio urbanístico “sobre cesión de la Torre Madariaga y Anexos, y ordenación de terrenos que sirven de compensación a tal cesión” (28-6-97)”.El rechazo de la mayoría de la Corporación se apoyaba en los siguientes argumentos recogidos por el Informe Técnico de los arquitectos contratados, siguiente:

Sin entrar a valorar el compromiso adquirido por el Ayuntamiento de Busturia en el citado Convenio urbanístico (aspecto que el Ayuntamiento deberá de valorar en función del contenido del mismo y de las condiciones pactadas en su conjunto) y desde el punto de vista de la ordenación general del municipio de Busturia debemos de señalar:
  • - Que los terrenos no desarrollados en el período de vigencia del planeamiento pueden “perder” su categoría por considerarla inadecuada con los nuevos objetivos y las nuevas circunstancias socio económicas a las que debe dar respuesta la revisión de la ordenación general del municipio.
  • - Que las características de los terrenos mencionados en la zona de Motroiu-Azpi cumplen con las condiciones indicadas en los apartados 1.a y 1.b del Art.11 de la Ley 2/2006.
  • - Que todos los terrenos “idóneos para servir de soporte, previa su transformación urbanística, a usos urbanísticos” (Art.14.1.a) están sujetos a la necesaria priorización y dimensionamiento de los objetivos de desarrollo para el período que establezca el P.G.O.U.
    ….
    Proponemos por ello que en la elaboración del documento definitivo del P.G.O.U se pueda reconsiderar la ordenación del ámbito A.3-“Axpe”, dejando a criterio del Ayuntamiento la valoración de las circunstancias mencionada en los terrenos de la zona Motroiu-Azpi.
Estamos ante una contradicción con sus propios informes y una falta de consecuencia de los Arquitectos contratados para la redacción del planeamiento bajo la dirección política del Sr. Andoni Elorrieta con los objetivos generales expuestos en el PGOU (Ver en: http://www.busturiadanonartean.org), al dar cobertura continua a unas Unidades a las que se considera por parte de BILDU como “consolidadas por haberse firmado unos convenios urbanísticos en el pasado”, mientras que a otras se las re-clasifica como en el caso de Motrolluazpi pasándolas de urbanos a rústicos agrarios protegidos, a pesar de que los informes técnicos municipales les reconocen todas las características legales de “Suelo Urbano”. Por el contrario, se declaran “intocables” varias unidades afectadas por Convenios Urbanísticos firmados en tiempos del PNV como son los de Presape, Zubiondo y Zelaindo. Por lo que nos tememos, que forzará a los 5 propietarios de Motrolluazpi a acudir a los tribunales en defensa de sus intereses económicos, con las consecuencias seguramente similares a las habidas hasta el presente, a la vista de la jurisprudencia y la redacción de la Ley Vasca del Suelo en el siguiente articulo:
Artículo 11. Clasificación del suelo urbano.
1. Procederá la clasificación como suelo urbano de los terrenos ya transformados, que estén integrados o sean integrables en la trama urbana existente y asumida por el propio plan general que realice la clasificación:
  • a) Por contar, como mínimo, con acceso rodado por vías pavimentadas y de uso público efectivo, abastecimiento de agua, evacuación de aguas pluviales y fecales y suministro de energía eléctrica en baja tensión; con dimensión, caudal, capacidad y tensión suficientes para proporcionar servicios adecuados tanto a la edificación existente como a la prevista por la ordenación urbanística.
  • b) Cuando los terrenos, aun careciendo de algunos de los servicios citados en el párrafo anterior, tengan su ordenación consolidada, por ocupar la edificación, al menos, dos terceras partes de los espacios aptos para la misma según la ordenación urbanística que para ellos se proponga. ...”

Además de alternativa planteada por el equipo redactor a instancias de  la IMMOBILIRIA "AINGERUBIDE SL", y la propuesta de HERRI BATASUNA del año 1999 (EUSKAL HERRITARROK en el 2000), también existía también la alternativa propuesta por ZAIN DEZAGUN URDAIBAI Elkartea en sus propuestas y sugerencias al PGOU, siguientes:
3.1.1. .- Mejorar el diseño y calidad de la travesía urbana de la carretera comarcal BI-2235 a su paso por Busturia mediante las siguientes medidas de cirugía urbana y vial: ...
  • Retomar la idea de un vial paralelo previsto en las actuales N.S.P.U. en la zona de Etxergane con el fin de evitar accesos privados directos a la Carretera Comarcal.
3.4.2. Potenciar actuaciones tanto hoteleras como hosteleras, todo ello en relación a la vocación turística del municipio, a situar siempre fuera de las áreas protegidas, entre otros:
.
Un Hotel similar en Etxergane dentro de la unidad urbana de Motrollu en la misma situación –incluso valorar la recuperaron de su diseño-- y dimensiones del antiguo palacio Arrotegi.”

Por desgracia, ninguna de las tres propuestas planteadas ha sido tomada en cuenta por el actual equipo de gobierno, y se ha seguido hacia adelante con la evidente “metida de pata” del Concejal de Urbanismo de la anterior legislatura, con las consecuencias jurídicas arriba mencionadas.

Por otro lado, desde fuentes para-municipales, se nos ha filtrado que el Ayuntamiento realizó una serie de propuestas de re-ordenación urbanística en la zona de “Motrollu-Azpi”, y según manifiesta la IMMOBILIRIA "AINGERUBIDE SL" ha preferido "embarcar el dinero de la indemnización recogido en el convenio a las oportunidades de negocio inmobiliario planteadas”, y por ello ha rechazado cualquier alternativa sea de edificación o de construcción de un Hotel en su parcela. Sin embargo, no tenemos documentos o acuerdos que den fe de estas afirmaciones.

EL PREMIO DE LA LOTERÍA DE LOS CONVENIOS URBANÍSTICOS DEL PNV.

Hemos visto en nuestras calles unos carteles del PNV de Busturia en las que dice que "NOS HA TOCADO EL GORDO DE LA LOTERIA", cuando lo que es un hecho que todos sus convenios urbanísticos han sido un desastre socio-económico para Busturia. Así es el menos indicado de hablar sobre las bondades del convenio que se firmo con el Sr. Barandiaran Alday el año 2000 y ratificado el 2007, dado que lo que actualmente sufrimos es consecuencia directa de la aplicación de un acuerdo gestionado y negociado por una Alcaldesa de su partido con el fin de traer la sede de UNESCO-ETXEA a Busturia en el invierno del año 1999-2000.

Tampoco es de recibo que los Jelkides hablen de “endeudamientos por mala gestión urbanística” si tomamos en cuenta como gestionaron los Alcaldes de su partido, el tema de las obras de Madariaga Dorretxea al dejar “Todo Libre” a IHOBE y a su equipo de arquitectos. Esta linea suponía declarar exento de licencia de obras a esa empresa, y por ello perdonar el correspondiente ICIO (Impuesto municipal de Construcciones, Instalaciones y Obras). Tampoco podemos pasar por alto, que en la propuesta inicial de PGOU de Busturia que elaboró el PNV en 2007; toda esa parte de Etxergane, junto a toda Ibarreta con el impulso del Gugenheim-2 a construir en la Colonia se convertía en un gran campo de batalla para la especulación inmobiliaria, a pesar de ser suelos de especial protección.

Recordar, que según la prensa, las obras de Madariaga Dorretxea ascendieron a 9,8 millones de € (1.630.582.800 Pts) por lo que la empresa IHOBE tenia que haber pagado el 0,05 de impuesto de obras que se cobra a todos los ciudadanos que hacen una obra en su casa. Así la cantidad ascendería a 490.000 € (81.529.140 Pts) y no se hubiera cobrado de no prosperar la denuncia de ZAIN DEZAGUN URDAIBAI Elkartea, con el apoyo de AUZORTEKO a ir a los tribunales de justicia, donde quedo demostrada la ilegalidad de lo actuado en Madariaga Dorretxea, por encima de los acuerdos del Ayuntamiento con mayoría del PNV, Informes “favorables” del Arquitecto y Secretario municipales. Por cierto hemos comprobado que en el área de Aingerubide, también afectado por el convenio se han ejecutado 29 visos sin acceso legal (por ello sin cumplir el articulo 11.1.a Ley del Suelo) después de haber costeado un puente para coches de 37.000 € luego cerrado al trafico y privatizado, todo ello ejecutado bajo un alcalde del PNV.
El Puente que iba a dar acceso a Aingerubide

Por fuentes externas, nos hemos enterado que se cobró en 2010 una cuantía cercana a los 290.000 € por ICIO a IHOBE (ya que el Ayuntamiento de Busturia les comunica nada a las partes interesadas en el procedimiento de las Licencias de Obras en Madariaga Dorretxea). Esta liquidación del impuestos de IHOBE de las obras fue aprobada por unanimidad en la pasada legislatura, por ello también con los votos favorables del PNV en la comisión de cuentas.

EL MONOPOLY DEL EQUIPO DEL ALCALDE ELORRIETA.
Por otro lado, no es de entender la contumacia demostrada por los ediles de BILDU –nos consta bajo la dirección técnica del Sr. Andoni Elorrieta-- en materia de Urbanismo, que ademas de adoptar como propio todo lo hecho mal por el PNV en Madariaga Dorretxea, Presape, Zelaiondo, Zubialde ... lleva a una linea de urbanística caprichosa que nos conduce a disparates “de suelos agrícolas protegidos” como el propuesto en Motrollu-Etxergane sobre parcelas claramente urbanas cuando se re-clasifican hectáreas de suelo rustico de Urdaibai en Gollebar, Sakoneta o en Biezko, o pretenden declarar “suelo urbano” parte de la marisma de Bekoerrota. En contra de lo que se dice BILDU en sus revistas, estos actos no son un modelo de planificación del suelo sostenible; esto es una lotería urbanística a puerta cerrada, y los boletos las reparte en el nombre de los vecinos de Busturia una Troika en la sombra y luego se plantean a modo de “lo tomas o lo dejas”, muy lejos de la necesaria concertación social necesaria para conseguir un urbanismo sostenible.

Tampoco sabemos de donde se han sacado BILDU eso de los chales unifamiliares que pretende construir la IMMOBILIRIA "AINGERUBIDE SL" en su parcela de Etxergane, dado que nos consta, que este pretendía en el convenio una tipología de pequeños bloques similares a los de Aingerubide; eso si, de promoción libre o de “lujo”. Tampoco sabemos de qué fuente sale la afirmación contenida en sus carteles “de que la parcela de Madariaga Dorretxea no es propiedad del Ayuntamiento de Busturia”, cuando si lo es por cumplimiento de este convenio, aunque actualmente “cedido en uso” por 30 años al Gobierno Vasco.

Estamos seguros de que mas de alguno de BILDU, en vez de analizar lo ejecutado, auto-criticarse y desandar lo mal andado, se cerraran en banda, y nos acusaran de defender los intereses de la IMMOBILIRIA "AINGERUBIDE SL". Nada mas lejos de la realidad, ya que dentro y fuera de la Izquierda Abertzale los que hoy formamos este grupo de opinión, hemos propuesto en varias ocasiones que los gobiernos de Busturia aplicaran de la competencia que tienen –hoy también-- para exigir el cumplimiento del deber de construir, y en su caso, para expropiar legalmente a la IMMOBILIRIA "AINGERUBIDE SL" por no haber urbanizado a su costa esa parte de Busturia y no haber pedido licencia de obras antes de los ocho años siguientes a la entrada en vigor el vigente planeamiento en 1997, como es su obligación. Esto si es urbanismo sostenible; no tener medio municipio en barbecho urbanístico, permitiendo a los propietarios especular con un bien limitado y finito: el suelo urbano edificable.

Es aquí, es donde recaen las responsabilidades políticas de los partidos que en Busturia conforman BILDU (EUSKO ALKARTASUNA y la IZQUIERDA ABERTZALE) que por los motivos que a ellos le corresponderá explicar, deja a los ediles de su formación; sin el correspondiente apoyo; a modo de señalamiento de directrices sectoriales correctas, y el asesoramiento legal y urbanístico que le avise de las responsabilidades que contrae cada uno de ellos cada vez que levantan la mano a la hora de votar un tema tan complejo como es el de la redacción de un planeamiento urbanístico.

AUZOARTEKO
Ezkerreko Udalgintza


 CREEMOS QUE HAY ALTERNATIVA AL PAGO, ENTRE OTRAS ESTA:

Pactar la ejecución de la sentencia, y en aras de cumplir con lo firmado previamente en el convenio urbanístico y el Ayuntamiento de Busturia procederá de inmediato a la re-calificación de toda el suelo urbano --sin invadir la Zona ZEPA de Ibarreta en Urdaibai-- comprendido en la UED MOTROLLU-AZPI (Articulo 237 de las Nn.Ss de Busturia) independientemente de que sea o no propiedad de la IMMOBILIRIA "AINGERUBIDE SL" y ordenando una unidad de 6 pastillas de viviendas en bloque abierto similares a los de Aingerubide lo que la Unidad pasaría de 6 bi-familares actuales a 36 unidades. En todo caso, hay que asegurar la ejecución previa del vial paralelo de acceso a la unidad a la carretera comarcal. Se debería derribar el edificio en ruina denominado “Txiton” y se permitiría su re-edificación dentro de la unidad cumpliendo las condiciones establecidas para el resto de la UED. También debería asegurarse la adaptación paisajista de los nuevos edificios, obligando que sean similares a las del entorno.


Comentarios

AUZOARTEKO ha dicho que…
NOS HEMOS LIADO, LO QUE PIDE EL SR EN CUESTION ASCIENDE A 54 MILLONES DE PESETAS NO 9, EN EL PLENO ENTENDIMOS BARROGETALAU MILLE, CUANDO LO QUE SE DEBIO DECIR ES MILLO PESETA Y NO NO EURO.

La Comisión fue informada de que, por sentencia n.º 205/2012 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Bilbao, se ha estimado el recurso contencioso administrativo interpuesto por Guillermo Barandiaran Alday contra la desestimación presunta de la solicitud presentada ante el Ayuntamiento de Busturia el 19 de noviembre de 2010, a fin de que le sea reconocido el derecho al cobro y pagada la compensación económica derivada del "Convenio Urbanístico sobre cesión de Torre Madariaga y Anexos”, declarando la disconformidad a derecho del acto administrativo recurrido, que se anula y deja sin efecto, declarando el derecho al Sr Barandiaran Alday al cobro del importe de 316.080 euros, debiendo efectuar el pago este Ayuntamiento. A dicha cantidad se le aplicarán los intereses legales que correspondan desde que el Ayuntamiento fue requerido para el pago hasta la fecha en la que se verifique éste. Asimismo, se impone el pago de las costas a este Ayuntamiento.

El Sr. Secretario explicó que, ante la perentoriedad de efectuar el pago, es preciso tramitar un expediente de modificación de créditos y que la única vía de financiación es la contratación de una operación de crédito para lo cual se han iniciado conversaciones con varias entidades de crédito. También explicó que esta operación está sujeta a informe preceptivo no vinculante de la Diputación Foral de Bizkaia.
¿ALTERNATIVAS? ha dicho que…
CREEMOS QUE HAY ALTERNATIVA AL PAGO:

Solicitar al Juez que en ejecución de la sentencia, y en aras de cumplir con lo pactado previamente en el convenio urbanístico y el Ayuntamiento de Busturia procederá de inmediato a la re-calificación de toda el suelo urbano --sin invadir la Zona ZEPA de Ibarreta en Urdaibai-- comprendido en la UED MOTROLLU-AZPI (Articulo 237 de las Nn.Ss de Busturia) independientemente de que sea o no propiedad del Sr. Barandiaran Alday y ordenando una unidad de 6 pastillas de viviendas en bloque abierto similares a los de Aingerubide lo que la Unidad pasaría de 6 bifamilares actuales a 36 unidades. En todo caso, hay que asegurar la ejecución previa del vial paralelo de acceso a la unidad a la carretera comarcal. Se debería derribar el edificio en ruina denominado “Txiton” y se permitiría su re-edificación dentro de la unidad cumpliendo las condiciones establecidas para el resto de la UED. También debería asegurarse la adaptacion paisajista de los nuevos edificios, obligando que sean similares a las del entorno.
ZAIN DEZAGUN URDAIBAI ELK. ha dicho que…
Zain dezagun Urdaibai elkartearen bazkide eta ordezkari naizen honek gure elkartearen izenean zera adierazi gura dizue:

2012ko irailaren 19ko batzorde informatzaileak dionaren arabera; udal batzordeak honako informazio hau jaso zuen:

“La Comisión fue informada de que, por sentencia n.º 205/2012 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Bilbao, se ha estimado el recurso contencioso administrativo interpuesto por Guillermo Barandiaran Alday ..."
Bilboko epaitegiaren sententzia irakurritakoan zurtz eginda gelditu gara. Ez dugulako ulertzen, nola zigortu daiteken oraindik eman ez den hitzarmen hausterik. Hau da: Guillermo Barandiaran Aldayrekin, Eskola ondoko Erixe, eta Madariaga dorrea eskuratzeko sinatutako hitzarmenik haustekotan, gaur egun indarrean dauden arau subsidiarioak aldatzen direnean, Sasoiko udal ordezkariak sinatutakoa betetzen ez bada emango den falta izango da. Ezta?

Baina kontua zera da: garai hartako udal ordezkariak sinatu zuen hitzarmenaren testurik ez dugula, eta garai hartan udalean ziren ordezkariak kontsultatuta, gutxi gorabeherako hurbilketa hau egin dugu. 1999 /2003 legegintzaldian gauzatu bazen Eridxe Madaidxako trukea ere, garai hartako ordezkarien esanetan, 1995 /1999 legegintzaldian, alkateak zuzen eta isilpean eramandako kontua izan zela, UNESCO etxearekin harremanetan uste da. UNESKOK huts egin zuenean, elkarte honen kide bati esker, une hartan EHko zinegotzia zelarik, zuhaitz egunean orduko ingurugiroko ordezkariari egindako aipuari esker interesatu zen Eusko Jaurlaritza egitasmoarekin. Baina hitzarmena bera ez zuten sekula irakurri, ezkutatu egin zitzaiela adierazi dute.

Usteak ustel gerta ez daitezen zenbai dokumentu behar ditugu, besteak beste Guillermo Barandiaran Aldayrekin sinatutako hitzarmenaren testua, Egindako alegazioaren testua sententziaren testua, eta erabilitako argudioak, defentsarenak zein salaketarenak. Hau da: kasuaren espedientea osoa eskuratu gura dugu.

Herritar gisa, kondenatuak garen neurrian eta gure poltsikotik ordainduko denez, parte interesatu zuzen garela deritzogu. Eta horrela erabakiz gero, gure elkarteak erabakiari helegitea jartzeko eskubidea dugula deritzogu

Era berean, uste dugu udalak ez duela zertana ezer ordaindu behar,komenioa betetzearekin konponduko bai litzateke arazoa eta busturiarretzat; onurarekin, gure alegazioaten adierazten den moduan, egungo planifikazioari eta arauek baimentzen duten estrategiak jorratuz.

Argudio nagusia ondoko hau bada “contra la desestimación “presunta” de la solicitud presentada ante el Ayuntamiento de Busturia el 19 de noviembre de 2010,” zer da desestimación presunta?

Idazkiari era egokian erantzutearekin konponduko litzateke arazoa. Idazki horren bueltan ez baldin badago, ezagutzen ez dugun beste dokumenturen bat.

Horrela bada, dokumentu hori ere eskatzen dugu.

Adibide bat jartzearren,
Herritar batek, idazki bat egiten du, idazki horri ez zaio erantzuten, silencio administrativo delakoa. Denbora pasatutakoan, herritar hori udalera doa erantzun ez dioten idazki hori bere garaian entregatu zuela esaten duen ziurtagiriaren eske eta agiria egiten zaio edo ez. Hori balego, bai eskaria, zein erantzuna, interesatzen zaizkigun dokumentuak dira.

Zain dezagun Urdaibairen eskaintza

Kontu hau Busturiarrentzat onuragarria den eran konpontzeko modua dagoela deritzogu. Bideratzeko modua aurreko alkateari esan zitzaion berdina da. Beraz gure elkartea prest agertzen da, berriro ere berak dakienetik, urteetan egindako jarraipenetik arazoa konpontzen laguntzeko.

Bestalde: Ordainduta ere ez dago inolako garantiarik, zeren, arau subsidiario berriak onartzeko alegazio garaia zabaltzen denean, eta gune horren berkalifikazio proposamenaren aurrean; nork garantizatzen dio udalari ez dutela alegatuko, eta kasuan kasu errekurrituz eta beste “contecioso-administratibo” batean ez gaituztela nahastuko, antzeko ordorioekin?

Beste kontu batek ere kezkatzen gaitu. Barandiaranez gain, beste jabe batzuk ere badaude, kalifikazio aldaketak eraginda. Zer gertatuko da, aurrekoaren bide berdina hartzen badute?

AUZOARTEKO UDALGINTZA ha dicho que…
Hemos leído que BILDU dice por las paredes de Busturia que el Ayuntamiento No es Propietario de la Torre y su parcela "Solo es propietario de la Torre del Reloj" Esta afirmación ES ERRONEA dado que Busturia es actualmente dueño de todo en Madariaga, con la salvedad que TIENE CEDIDOS SUS USOS Y APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS AL GOBIERNO VASCO POR UN PERIODO DE 30/50 AÑOS

Ver ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA
DEL AYUNTAMIENTO PLENO DE BUSTURIA
CELEBRADA EL DÍA 26 DE OCTUBRE DE 2006

6.o.- CONVENIO TORRE MADARIAGA.-
El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, aprobó la nueva redacción del Convenio de colaboración suscrito con el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco y el Departamento de Empleo y Formación de la Diputación Foral de Bizkaia, para la ejecución del Centro de Información e Interpretación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai y de la Biodiversidad en la Torre Madariaga y pertenecidos. La modificación afecta únicamente a las aportaciones económicas de Gobierno y Diputación y sus respectivas anualidades,
AUZOARTEKO UDALGINTZA ha dicho que…
Hemos recibido la documentación del Expediente Administrativo, y lo estamos leyendo y procederemos a publicar alguno de sus contenidos en breve. Ahora toca corregir algunos datos.
1.- Existen dos convenios sobre el tema de la adquisición de Madariaga Dorretxea. Uno negociado en la primavera y firmado en Octubre de 2010 y otro, "titulado ampliación" de marzo del 2007 que prorroga el cumplimiento del mismo a 31 de diciembre de 2009.
2.- Que el Sr. GUILLERMO BARANDIARAN ALDAY tiene cedisos los derechos urbanisticos y de propiedad a la IMMOBILIRIA "AINGERUBIDE SL", y ha sido esta la que ha actuado.
3.- Que inicialmente el PNV aprobó en el invierno de 2007 la redacción de una modificación puntual de las Normas Urbanísticas Locales al Arquitecto Local, y este acuerdo no se ejecuta por el entonces Alcalde Sr. Javier Gondra Cirarda. Lo que si se encarga es su incluion en el avance del PGOU entonces en redacción, que no es en ningún caso lo pactado.